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Triunfó la Dignidad de los ciudadanos, Condenan al Fisco a indemnizar a trabajadoras que fueron desnudas por la PDI

El Primer Juzgado Civil de Concepción acogió -el viernes 30 de diciembre pasado- demanda de perjuicios y condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de 48 millones de pesos a grupo de trabajadoras que fueron obligadas a desvestirse en un procedimiento policial, en abril de 2010, según informó hoy miércoles el Poder judicial.

El fallo dictado por la magistrada Margarita Sanhueza Núñez, acogió la demanda civil de indemnización de perjuicios, presentada por las trabajadoras de la empresa de aseo “Himce”: Karem Contreras, Flor Riquelme , Lissette Chacón A, Carmen de la Cruz Mella, Orietta Fuentes y Adriana Luengo, quienes fueron obligadas por funcionarios de la Policía de Investigaciones (PDI) a desvestirse y registradas corporalmente por una denuncia de hurto, en dependencias del casino Marina del Sol de Talcahuano.

En la resolución, la jueza consideró que el subcomisario de la PDI Ulises Urbina y a las detectives Ingrid Vergara y Lorena Aguilar, fueron condenados en la arista penal, como autores del delito de vejación injusta. Sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, el 24 de noviembre de 2014.

“(…) Conforme a esto, y dada la actividad específica desarrollada por el agente y sus circunstancias, considerando, además, que éstos fueron condenados por vejación injusta, no cabe sino entender que fue el órgano, Policía de Investigaciones de Chile, quien actuó en forma errada, deficiente, puesto que no logró inculcar en 3 de sus miembros la importancia de las atribuciones que le corresponden en un procedimiento de control de identidad y los límites de dicha facultad”, sostiene la resolución civil.

El fallo agregó que: “(…) su actuación debe ceñirse a la normativa legal y sin exceder las facultades que le confiere la ley en su actuar, debiendo primar la integridad física y moral de los sujetos a control de identidad aun cuando estos hayan infringido la ley, debiendo ser las medidas que se tomen contra éstos, racionales, y con relación a la envergadura del bien que se pretende proteger”.

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