La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentados por hijos de cotizante fallecida en abril de 2016, en contra de la AFP Provida que retuvo los fondos acumulados por su madre durante su vida laboral.
La Duodécima Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar presentada por Camila y Manuel Gaete Jibaja, hijos de la cotizante María Lorena Jibaja Urrea.
Jibaja Urrea murió en abril del año pasado. Durante su vida laboral acumuló un poco más de 4 millones 500 mil pesos en Provida, monto que sus herederos reclaman y que la AFP retiene como una eventual pensión de sobrevivencia de los demandantes.
“Resulta suficiente la declaración de los recurrentes de que cumplida la mayoría de edad eligieron no estudiar, pues cada uno de ellos tiene hijos y una familia, en consecuencia, ellos no se encuentran en la hipótesis a que alude la recurrida (AFP), pues, no obstante, ser menores de 24 años, no se encuentran estudiando”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que “entonces, los fondos de capitalización en cuestión constituyen herencia para los recurrentes, existiendo sobre ellos un derecho indiscutido y preexistente”.
En dicho contexto, el fallo sostiene que AFP Provida deberá “hacer entrega de los fondos reclamados para construir su herencia, con costas”.