La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó hoy la resolución dictada por el Juzgado de Garantía el 1 de febrero pasado, que mantuvo la prisión preventiva de los hermanos Benito Rubén y Pablo Iván Trangol Galindo, imputados por el Ministerio Público como autores del delito de incendio en carácter de terrorista. Además, Pablo Trangol también está formalizado por porte de munición.
Los ilícitos fueron perpetrados en junio pasado en contra de templo evangélico “Iglesia del Señor”, ubicado en el sector Truf Truf Tres Cerros, de la comuna de Padre Las Casas.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Cecilia Aravena López, Julio César Grandón Castro y Alejandro Vera Quilodrán– confirmó la resolución dictada por el tribunal de primera instancia, por considerar que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
Según la fiscalía, la tarde del jueves 9 de junio de 2016, un grupo compuesto por seis personas -entre las que estaban Ariel Alexis Trangol Galindo, Benito Rubén Trangol Galindo, Pablo Iván Trangol Galindo y Alfredo Heraldo Tralcal Coche- con sus rostros cubiertos y premunidos de armas de fuego, ingresaron al templo evangélico en la comuna de Padre Las Casas, procediendo a disparar al interior del templo, cuando se realizaba un culto religioso en el que se encontraban 8 adultos y 5 menores.
Los sujetos amenazaron con armas de fuego a los feligreses para que salieran del recinto y procedieron a ejecutar disparos y a quemar la iglesia, rociando bencina por los bordes interiores mientras que otros dos sujetos ordenaban el desalojo inmediato.
Posteriormente dejaron dos panfletos alusivos a la causa mapuche y culparon al cristianismo por “la represión que sufren las comunidades”.
