La Corte de Apelaciones de Temuco revisó hoy jueves el recurso de protección presentado por Gendarmería, en favor de Pablo Iván Trangol Galindo y Ariel Alexis Trangol Galindo, imputados por el Ministerio Público como autores del delito consumado de incendio, en carácter de terrorista. Ilícito que habrían perpetrado, junto a otros dos imputados, la tarde del 9 de junio de 2016, en la comuna de Padre Las Casas.
Junto al lonko Alfredo Tralcal, los hermanos Trangol se encuentran en un ayuno que alcanza los 114 días con el objetivo de que en su caso no se les aplique la Ley Antiterrorista y que se respete el debido proceso, a raíz de la utilización de testigos protegidos.
En la audiencia, la Segunda Sala del tribunal de alzada revisó el recurso presentado por el director regional de Gendarmería, coronel Luis López Cisterna, que pretende que la Corte de Apelaciones de Temuco faculte a la institución penal para adoptar medidas de protección de la integridad física y la vida de los hermanos Trangol Galindo,
El tribunal de alzada tiene un plazo de 48 horas para fallar respecto del recurso, por estar amenazada gravemente a la vida y a la integridad física de los hermanos Trangol Galindo tras la prolongada huelga de hambre.
El pasado 15 de septiembre, el tribunal de alzada acogió un recurso de protección interpuesto por Gendarmería por los coimputados en causa Alfredo Heraldo Tralcal Coche y Benito Rubén Trangol Galindo, también en huelga de hambre, tras establecer que dicha actitud “constituye un atentado a su vida e integridad física”.
La resolución que autorizó a Gendarmería a adoptar “las medidas conducentes para internar en caso de urgencia a los huelguistas en un centro hospitalario, a objeto de que se les brinde una total y completa atención médica en el resguardo de su salud, hasta su completo restablecimiento, sin perjuicio de que haga uso de las demás facultades que le confiere a ese Servicio su Ley Orgánica y Reglamento respectivo, respecto a la alimentación de los mismos, de manera de asegurarles su vida e integridad física”.
