Hasta el 31 de enero de este año, 522 personas registran condena de presidio perpetuo y 166 de ellas (32%) obtuvieron el beneficio de libertad condicional, según datos de Gendarmería.
La información está consignada en La Tercera de hoy, sin aclarar cuántos casos corresponden a presidio perpetuo simple, estos es, un mínimo de 20 años de cárcel antes de recibir cualquier beneficio penitenciario, o calificado, es decir, un mínimo de 40 años.
Gendarmería indicó al diario que “está obligada por ley a presentar los antecedentes a las Comisiones de las Cortes de Apelaciones, quienes finalmente decidirán si otorgan o no el beneficio de libertad condicional, conforme lo establece el Decreto 2442 que fija el texto del reglamento para la aplicación del beneficio de la libertad condicional”.
También destaca que en 2001, en el Gobierno de Ricardo Lagos, el presidio perpetuo calificado reemplazó la pena de muerte. El restablecimiento de la pena capital tomó nuevo impulso con el caso de la niña Sophie, asesinada por su padre en Puerto Montt.
La Tercera también resalta que hasta antes del 2001 la pena de presidio perpetuo existente daba acceso a optar a la libertad condicional -siempre cumpliendo una seria de requisitos-, transcurridos 20 años de prisión.
El presidio perpetuo calificado ahora consignado en el Código Penal, sanciona con el grado máximo a quienes son condenados por delitos como homicidio, violación, parricidio y robo con violación u homicidio, pero el anterior sigue existiendo y se lo denomina como “simple”.
El presidente de la comisión de libertades condicionales de 2017, el ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Guillermo de la Barra, declaró al diario que “por lo bajo, en Chile una persona condenada a (cadena) perpetua calificada va a estar 40 años en la cárcel. Después recién pueden postular al beneficio, lo mismo para la perpetua simple. No significa que a los 20 años va a salir en libertad, sino que recién ahí podrá postular”.
De la Barra añadió que “por ejemplo, en el último año hubo varios internos condenados que tenían perpetua simple y fueron postulados, porque llevaban 20 años en prisión, pero a algunos se les denegó el beneficio. Es decir, transcurrido ese período de tiempo, recién pueden postular, no es que vayan a salir una vez cumplido esa cantidad de años”.
La libertad condicional la otorga la comisión a cargo de este beneficio, la cual está integrada por ministros de la Corte de Apelaciones y por magistrados de tribunales de primera instancia.
Tras revisar las solicitudes y si se cumplen los requisitos de buena conducta, rehabilitación y período de la pena cumplida por el condenado, deciden si otorgar o no la libertad a los reclusos que postulan a este beneficio.