El proyecto inicial contemplaba que los aparatos debían en estar en recintos con capacidad mínima para dos mil personas y cincuenta habitaciones (en caso de hoteles, moteles y recintos parecidos). Sin embargo, luego del segundo informe de la comisión de Salud, se estableció que los desfibriladores estarán en recintos con capacidad igual o superior a mil personas y en hoteles, moteles, hostales y residenciales con un mínimo de veinte habitaciones.
Además, se dispuso que la ubicación de los aparatos deberá estar debidamente señalizada y que su acceso deberá ser expedito y libre de obstáculos para su uso, cuando sea requerido.
Por otro lado, se determinó que el Ministerio de Salud será el encargado de adquirir o renovar los aparatos cada año a través de los montos aprobados en la Ley de Presupuestos.
Finalmente, el mismo ministerio será el responsable de capacitar al personal de cada recinto para que aprendan a usar de manera correcta los desfibriladores.
Fortin Mapocho
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