
La sesión de la Cámara se centró en la modificación propuesta por el Senado, en segundo trámite, que rechazó el artículo que proponía un proyecto piloto de teletrabajo para dos comunas de Santiago.
Dicho artículo, entre otros aspectos, facultaba a los alcaldes de Lo Barnechea y Las Condes para, durante los años 2020 al 2023, “eximir del control horario de jornada de trabajo hasta el 10 % de la dotación municipal, previa aprobación del concejo municipal respectivo, con excepción de aquellos pertenecientes a las Plantas de Directivos o Jefaturas o que desempeñen funciones de jefatura».
Los diputados rechazaron este artículo y aprobaron el resto del proyecto que ya había sido respaldado por el Senado y las comisiones de Hacienda de ambas cámaras, luego de intensos y largos debates. De esta manera, el reajuste del sector fiscal regirá con efecto retroactivo desde el 1 de diciembre de 2019.
El proyecto, en lo medular, dispone un reajuste general de 1,4% para las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero, imponibles para salud y pensiones, o no imponibles, de los trabajadores del sector público.
Sobre el 1,4% de reajuste general se adiciona un reajuste adicional de 1,4% para las remuneraciones menores a tres millones de pesos, especificándose en un amplio listado las instituciones y entidades en que este beneficio se aplicará.
En este último reajuste adicional no entran las remuneraciones del Presidente de la República, los ministros de Estado, los subsecretarios, los intendentes, los dos más altos grados de la Corte Suprema y del contralor general de la República.
En virtud de lo anterior, la dieta que perciben los diputados y senadores, que es equivalente a la remuneración de los ministros de Estado, tampoco será reajustada ni la renta mensual de los ministros del Tribunal Constitucional.
Alejandra Olivares
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