Política

Plebiscito: Fórmula para “solucionar mayorías de 3/5” sumará a menores de edad

28 de agosto de 2021, 10:37 am.

Durante la noche de ayer, la Comisión de Participación de la Convención Constituyente aprobó la indicación apoyada por constituyentes del pacto Apruebo Dignidad, Lista del Pueblo, Pueblos Originarios, Colectivo Socialista e Independientes No Neutrales, que busca establecer el mecanismos de “plebiscito dirimente” para los contenidos y materias constitucionales que no alcancen los dos tercios de los votos de la convención, pero sí los tres quintos de la misma.

La propuesta fue aprobada por 22 votos a favor y sólo siete en contra, tras cumplirse el acuerdo al que habían llegado el jueves los grupos afines a la oposición. No obstante, la norma debe ser ratificada por el pleno de la Convención.

En lo sustancial la norma buscaría que las materias que no lograran el quórum agravado de dos tercios en el pleno, pero que lleguen a los tres quintos, puedan ser votadas otra vez en Sala. Si vuelven a obtener los tres quintos, pasarían a una nueva votación, que sólo requeriría de mayoría simple para enviarlos a plebiscito dirimente.

Según lo que establece la indicación, la votación de estas materias se realizaría antes del plebiscito de salida, y con la particularidad de que por primera vez se incluyen menores de edad dentro del padrón votante, estableciendo el punto de partida en ciudadanos desde los 16 años de edad.

No obstante, se debe señalar que para posibilitar la realización de los plebiscitos, se requerirá de una reforma aprobada por el Congreso, la cual tendría que ser impulsada por el poder Ejecutivo, por lo que sería una petición por parte de la Convención, de ser aprobada por el pleno.

Cabe recordar que esta misma indicación había sido rechazada por la comisión de Reglamento de la convención, que reafirmó el quórum de dos tercios de los constituyentes en ejercicio para aprobar materias constitucionales. Algo que también fue reafirmado ayer, con el rechazo a la iniciativa que pretendía bajar el quórum dispuesto en la ley por cuatro séptimos. No obstante, esta última indicación podría ser repuesta en el pleno.

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