
07 de febrero de 2025, 10:56 am.
El 7° Juzgado de Garantía de Santiago, a cargo del juez Patricio Ernesto Álvarez Maldini, declaró inadmisible la querella interpuesta por presunta prevaricación administrativa en contra de funcionarios de la Municipalidad de Santiago.
Según lo expuesto en la resolución, los hechos denunciados no constituyen el delito establecido en el artículo 228 del Código Penal, ya que corresponden a la emisión de una resolución administrativa cuya legalidad ha sido cuestionada en el ámbito del derecho público, pero no presentan la manifiesta injusticia exigida para configurar el tipo penal de prevaricación.
En el fallo, se destaca que la Contraloría General de la República (CGR), en un dictamen relacionado con una resolución de características similares, no presentó una denuncia ante el Ministerio Público, sino que dejó en manos de la autoridad comunal, Mario Desbordes, la decisión de iniciar un procedimiento disciplinario. Esto sugiere que, de existir una eventual ilegalidad en la tramitación del acto administrativo, la responsabilidad de los funcionarios involucrados se circunscribe al ámbito civil y no penal.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 111, 112, 113 y 114 letra c) del Código Procesal Penal, el tribunal resolvió la inadmisibilidad de la querella, poniendo fin a la acción judicial en esta instancia.
