Justicia

Dolmestch por fallo que entregó tuición a padre gay: “Jueces hemos evolucionado”

El presidente de la Corte Suprema, Hugo Dolmestch, se refirió hoy a la sentencia de la Cuarta Sala del máximo tribunal del país que concedió el cuidado personal de dos menores de 3 años a su padre, que tiene pareja del mismo sexo, y no a la madre.

“Me parece muy bien lo que ha ocurrido. Evidentemente que la comunidad chilena y los jueces en particular hemos ido evolucionando y nos hemos ido poniendo a tono con la realidad y lo importante, lo que no podemos perder de vista, es la seguridad, tranquilidad y felicidad del niño. Entonces, si la Corte Suprema ha determinado esto en base a tal presupuesto, yo lo aplaudo”, dijo el ministro.

El fallo del máximo tribunal establece que para mantener la estabilidad personal de los niños, es aconsejable dejar su cuidado personal a cargo del progenitor.

Ante esto, la autoridad judicial enfatizó: “Es muy importante, porque la convivencia de personas de igual sexo es una realidad que no podemos nosotros ocultar”.

Agregó que “hoy en día todo el mundo sabe que es una realidad y que le entrega al niño lo que necesita. Los niños necesitan comer, pero por sobre todo necesitan afecto y si allí lo encuentran, los jueces están obrando como deben hacerlo”.

Ayer, luego de conocerse el fallo, el Movilh informó que tras el nacimiento de los niños en enero del 2014, la madre comenzó a poner continuos obstáculos para que el padre los llevara a su hogar los viernes y sábado, de acuerdo a lo que se había estipulado previamente entre ambos, sólo porque el progenitor había iniciado una relación con una persona de su mismo sexo.

La homofobia de la madre, según el Movilh, era tan extrema que durante los primeros 5 meses del 2015 secuestró a los niños, reteniéndolos en Uruguay e impidiéndoles todo contacto con el padre, razón por la que cual el progenitor inicio la lucha para obtener el cuidado personal, contando con el sólido respaldo de su pareja.

El 22 de junio del 2016 el padre obtuvo una primera victoria, pues el Tercer Juzgado de Familia de Santiago acogió su demanda, argumentando que él “cuenta con mejores habilidades parentales, características psicológicas, económicas y sociales, para hacerse cargo del cuidado de los niños, pudiendo brindarles una mayor estabilidad y protección en comparación con la madre”.

Sin embargo, el 22 de noviembre del 2016 la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la medida del Tribunal de Familia y entregó a la madre cuidado personal. Para dicha sentencia ambos, el padre y la madre, tenían habilidades parentales similares, sin embargo, dado que los niños vivían con la mujer, se argumentó que debían volver donde ella.

“Más aún, en esta lamentable sentencia se atendió a la homofobia de la madre, pues se justificó que hubiese secuestrado a sus hijos sólo porque la relación del padre con alguien del mismo sexo la había desestabilizado. Es decir, se culpaba de la homofobia a quienes la padecían”, sostuvo el Movilh.

El padre no quedó de brazos cruzados y presentó un recurso de casación, el cual fue acogido por la Corte Suprema el pasado 23 de mayo.

Para la Suprema el secuestro de los menores fue lo suficiente claro como para decidir que era el padre y no la madre quien mejor garantizaba el interés superior del niño, así como el vínculo afectivo de los hijos con sus dos progenitores y no sólo con uno.

“La actitud de los padres para cooperar con el otro, a fin de asegurar la máxima estabilidad al hijo y garantizar la relación directa y regular”, es relevante para el interés superior del Niño, sostuvo la Suprema.

Añadió que “no es un hecho discutido – y así por lo demás se ha consignado en esta sentencia de casación- la retención ilícita de los niños en Uruguay por la madre, llegando al extremo que su restitución hubo de ser obtenida a través de resolución judicial dictada por los tribunales de ese país”.

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